• Blog

LAS ÚLTIMAS NOVEDADES LEGISLATIVAS: EL EFECTO LIMPIAPARABRISAS




A pesar de que el verano suele ser una estación de tránsito, donde nunca o casi nunca, como en la película de Juan Antonio Bardem, pasa nada, este año no ha sido así, tal vez porque el agotamiento de la actual legislatura y el anuncio de la convocatoria de la próxima aconsejaban apurar al máximo el calendario legislativo pendiente.

El resultado ha sido la publicación de no menos de cuatro normas de cierta entidad, que reflejan en algunos casos lo que Emmanuel Todd llama "l'effet essuie-glace" ("el efecto limpiaparabrisas"), por corregir o derogar, aveces sin orden ni concierto, normas anteriores, creando  una evidente inestabilidad legislativa y generando con ello una no menos evidente inseguridad para empresarios, inversores y particulares. Estas normas afectan, fundamentalmente, a la propiedad industrial, a la actividad emprendedora en general y a los mecanismos de segunda oportunidad en particular, a la calidad alimentaria, y a la cooperación jurídica internacional, y a ellas me voy a referir brevemente a continuación.

 En materia de propiedad industrial, la principal novedad es la Ley 24 / 2015, de 24 de julio, de patentes, un pequeño monstruo legislativo de 180 artículos, 10 disposiciones adicionales, 6 disposiciones transitorias, 1 disposición derogatoria y 9 disposiciones finales, que tratará de poner al día la Ley 11 / 10986 y sus sucesivas enmiendas parciales ( como las contenidas en las Leyes 10 / 2002 y 19 / 2006), tras su entrada en vigor el 1 de abril de 2017. Con ella se pretende adecuar el marco legal actual a la evolución comunitaria e internacional experimentada en este sector, aprovechando la ocasión para simplificar y agilizar la protección de los innovadores y para reforzar la seguridad jurídica  mediante el establecimiento, como único sistema para la concesión de patentes, de un examen previo de novedad y actividad inventivas. A ver si en esta ocasión el espíritu y la letra de esta nueva ley responden de verdad a las necesidades de los usuarios, casi siempre enfrentados a trabas legislativas, agravadas, por si esto fuera poco, por numerosas cargas burocráticas, carentes en ocasiones del obligado respaldo normativo.

 

Por otra parte, la Ley 25 / 2015, de 28 de julio, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social, aborda, con ese efecto "essuie-glace" al que me acabo de referir, cuestiones abordadas recientemente, introduciendo un mecanismo de segunda oportunidad para las personas físicas con el fin de mitigar el rigor de la aplicación del artículo 1911 del Código Civil, además de otras medidas de carácter financiero, fiscal o laboral. La Ley 28 / 20915, de 30 de julio, para la defensa de la calidad alimentaria, centra su objeto en la normativa comunitaria que regula las características de los alimentos o sus procesos de producción con la vista puesta en la prevención de fraudes alimentarios y, en el caso específico del sector de alimentación y bebidas, de reforzar la unidad de mercado. Y la Ley 29 / 2015, de 30 de julio, de cooperación jurídica internacional en materia civil, aparte de regular aspectos específicos de este campo, hace del proceso judicial de exequatur uno de los elementos claves de la misma, necesitado como estaba de una reforma urgente.

 

A este “verano legislativo” está sucediendo un “otoño” no menos “legislativo” que el “verano”, y esta sucesión está trayendo consigo un inevitable “ reciclaje normativo”, cuyas últimas expresiones afectan a los derechos procesales penales ( Ley Orgánica 13/2015, de 5 de octubre, y Ley 41/2015, también del 5 de octubre, para el fortalecimiento de las garantías procesales y la agilización de la justicia penal) y a los derechos procesales civiles ( Ley 42/20125, de la misma fecha que las anteriores, para generalizar el uso de los medios telemáticos o electrónicos en las relaciones con la Administración de Justicia, en busca del modelo llamado de ”papel cero”).

 

Antonio Viñal

 

Antonio Viñal & Co. Abogados

 

(Artículo publicado en el Suplemento Euro del Diario Atlántico, domingo 18 de Octubre de 2015)

 

Póngase en contacto con nosotros
 

  • España

    +34 91 420 24 27
    C/ Velázquez, 37 28001 Madrid

  • Portugal

    +351 213 550 187
    Av. da República, 41, 4º
    1050-187 Lisboa

  • Malasia

    +603 273 19 219
    Level 35-02 (East Wing), QSentral 2A,Jalan Stesen Sentral 2, KL Sentral Kuala Lumpur 50470

  • Italia

    +39 024 814 994
    Via Solferino, 7 20121 Milán

Síguenos